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R. S. M. R. C/ .G. J. C. S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos en el marco de un proceso judicial. El Tribunal concedió el beneficio, permitiendo al demandante litigar sin tener que afrontar los costos judiciales mientras no mejore su situación económica.

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Actor: R. S. M. R. Demandado: G. J. C. Objeto: Beneficio de litigar sin gastos. Decisión: Se concede el beneficio de litigar sin gastos al demandante.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De conformidad con lo que resulta de las probanzas de autos, teniendo en cuenta las declaraciones testimoniales de los testigos M.S.A., J.C.D.C. y V.P.P.D., concédese a R.S.M.R. el beneficio de litigar sin gastos requerido, con el alcance que determinan las citadas disposiciones y el art. 84 del mismo código, pudiendo, en consecuencia, litigar contra G.J.C. sin tener que satisfacer el pago de las costas o gastos judiciales, en tanto no mejore de fortuna." "Tiénese al demandado rebelde por notificado de la presente en los términos del art. 133 del CPCC."

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