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PASCUA KARINA ALEJANDRA S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)

Se declara la quiebra de Pascua Karina Alejandra, quien deberá cumplir con diversas disposiciones para la administración de sus bienes. El tribunal establece medidas para la protección de los acreedores y la administración de la quiebra.

Quiebra Inhibicion Sindico Administracion de bienes Proteccion de acreedores Prohibicion de pagos Embargo Notificaciones Ley 24.522 Registro de juicios universales

Actor: No se menciona un demandante específico. Demandado: Pascua Karina Alejandra. Objeto: Declaración de quiebra. Decisión: Se declara la quiebra de Pascua Karina Alejandra y se establecen medidas para la administración de sus bienes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Declarar la quiebra de Pascua Karina Alejandra... II) SINDICO Y ENAJENADOR: Designar la audiencia del día 4 de mayo de 2026... III) OFICIOS: Oficiar a fin de que se anote esta quiebra... IV) INHIBICION GENERAL DE BIENES: Decretar la inhibición general de bienes de la fallida... VI) Intimar a la fallida para que entregue sus bienes al Sr. Síndico... XVII) Prohibir la realización de todo acto por la fallida sobre bienes desapoderados...".

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