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SEVESTRE LILIANA EDITH Y OTRO/A C/ MARQUEZ GRACIELA NOEMI BEATRIZ Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)

Los actores promovieron demanda de desalojo contra la demandada y otros ocupantes del inmueble familiar. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenando el desalojo y rechazando la defensa de posesión de la demandada.

Desalojo Posesion Propiedad Legitimacion Codigo civil Interversion del titulo Obligacion de restituir Costas Rebeldia Accion personal

Actor: Liliana Edith Sevestre y Enrique Eduardo Sevestre Demandado: Graciela Noemí Beatriz Marquez; Sevestre Ayelen; Sevestre Elias; Sevestre Eduardo Horacio; Colazo María Soledad; subinquilinos, intrusos, tenedores precarios u ocupantes Objeto: Desalojo del inmueble sito en Malaver 4685, Munro Decisión: Se hizo lugar a la demanda de desalojo

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los actores, herederos de los titulares registrales del bien, promueven el presente desalojo afirmando que, cuando el coactor Enrique Eduardo Sevestre se separó de la demandada Sra. Marquez, le permitió a ella y sus hijos vivir en el inmueble objeto de autos, hasta que la hija menor de ellos adquiriera la mayoría de edad, lo que ya aconteció." "La demandada Marquez no ha acreditado la interversión del título -de mera tenedora a poseedora
- que invoca (art. 375 del CPCC) y los restantes demandados no han contestado demanda, por lo que, de conformidad con lo dispuesto por el art. 354 inc. 1° del CPCC, encuentro suficientemente probada la obligación de restituir el bien que pesa sobre los accionados (art. 676 del CPCC)."

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