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IBARROLA MARIA ANGELICA C/ ENCINA LILIANA MANUELA Y OTROS S/REIVINDICACION

María Angélica Ibarrola promovió acción de reivindicación sobre un inmueble en Tristán Suárez. El Tribunal rechazó la demanda al considerar que el boleto de compraventa no constituye título suficiente para la reivindicación.

Reivindicacion Inmueble Boleto de compraventa Titulo de dominio Codigo civil Accion judicial Posesion Costas Tribunal Ezeiza

Actor: Ibarrola María Angélica Demandado: Encina Liliana Manuela y otros Objeto: Reivindicación de un inmueble Decisión: Se rechazó la demanda por falta de título suficiente

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción entablada no encuentra terreno fértil para prosperar. La accionante apoya su legitimación activa en un boleto de compraventa, el cual no constituye título suficiente, ante la falta de formalización de escritura pública como lo exigía el Código de fondo aplicable a estas actuaciones." "El boleto de compraventa carece de eficacia o de idoneidad para transferir el dominio mientras no se otorgue la escritura, y mucho menos para intentar la acción reivindicatoria." "La ausencia de título en los términos del art. 2789 del código velezano, como requisito ineludible de la acción aquí intentada, conlleva sin más al rechazo de la misma."

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