ASOCIACION CIVIL ALTOS DE MANZANARES S.A. C/ DA SILVA NOBRE MARIANA JOSE Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS
El actor promovió una acción ejecutiva por el cobro de expensas adeudadas. El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, permitiendo la actualización de la deuda conforme al índice de precios al consumidor.
Actor: Asociación Civil Altos de Manzanares S.A. Demandado: Sosa Santiago Domingo; Da Silva Nobre Mariana José Objeto: Cobro de expensas adeudadas por un total de $6.703.745,94, correspondientes a los períodos de junio de 2020 a agosto de 2025. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, permitiendo la actualización de la deuda y se ordena la ejecución del cobro.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 7 de la ley 23.928, en su aplicación al caso, debe ser descalificado porque desconoce el principio de razonabilidad; el derecho de propiedad del reclamante y no permite proveer una tutela jurídica eficaz." "La jurisprudencia ha tenido que buscar soluciones compatibles con la prohibición de actualizar, recurriendo a tasas de interés que no superan la equivalencia de valores en parangón con la inflación." "La acumulación de los intereses pretendida en la presentación liminar, en relación a los capitales adeudados y reponderados, exceden sin justificación el costo medio del dinero para deudores y operaciones similares."
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