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Legajo Nº 9 - IMPUTADO: LÓPEZ, GABRIELA EUGENIA s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL

La defensa de Gabriela Eugenia López solicitó la modificación del valor de la multa impuesta en su condena por tráfico ilícito de estupefacientes. El Tribunal Oral Penal Económico 2 rechazó el pedido, afirmando que la actualización del monto se basa en la intimación al pago, conforme a la doctrina del Plenario N°17.

Incidente Multa Trafico ilicito de estupefacientes Ley 23.737 Doctrina plenaria Intimacion al pago Derechos humanos Culpabilidad Pro homine Condena

Actor: Dr. José María Abarrategui, Defensor Público Coadyuvante. Demandado: Tribunal Oral Penal Económico 2. Objeto: Modificación del valor de la multa impuesta a Gabriela Eugenia López. Decisión: Se rechazó la solicitud de modificación del valor de la multa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Defensa no ha incorporado argumento alguno tendiente a explicar por qué razón, en el caso, el Tribunal debería apartarse de la doctrina del Plenario citado que obliga a esta judicatura a aplicarlo." "El momento que define el valor del formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos que debe tomarse como parámetro para determinar el importe nominal en pesos que representa la pena de multa impuesta en unidades fijas, según el art. 45 de la ley 23.737, es el de la intimación al pago." "La técnica legislativa empleada tiene la ventaja de evitar la desactualización de la norma por el transcurso del tiempo."

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