ROVELLA CARRANZA SA c/ EN-DNV-LEY 13064 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
Rovella Carranza S.A. apeló la sentencia que rechazó su demanda contra la DNV por intereses de certificados de obra. La Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la decisión de primera instancia y ordenó a la DNV liquidar los intereses devengados por el pago tardío.
Actor: Rovella Carranza S.A. Demandado: Dirección Nacional de Vialidad (DNV) Objeto: Liquidación y pago de intereses por el pago tardío de certificados de obra. Decisión: Se revocó la sentencia de primera instancia y se ordenó a la DNV liquidar los intereses devengados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se encuentra debidamente acreditado que la demandada incurrió en mora en los pagos que realizó. La DNV no alegó ni aportó prueba alguna de que, en el intervalo entre la aprobación de los certificados y el desembolso, hubiera mediado algún inconveniente o incumplimiento que explicara la diferencia temporal entre el vencimiento pactado y el efectivo abono." "Cuando la administración demora al contratista de obra pública los pagos correspondientes, éste tiene derecho a cobrar intereses por dicha mora. [...] En consecuencia, la liquidación que se practique en la etapa de ejecución de sentencia deberá ajustarse a dicha tasa."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: