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CHOCOBAR, CELESTE c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE FARMACIA s/LEY DE DISCAPACIDAD

Celeste Fabiola Chocobar interpuso acción de amparo contra la Obra Social del Personal de Farmacia por la negativa a autorizar la prestación de acompañante terapéutico. El Juzgado Federal de Salta hizo lugar a la acción, ordenando la cobertura completa solicitada por la médica tratante.

Amparo Discapacidad Acompanante terapeutico Obra social Salud Accion de amparo Autismo Medida cautelar Derechos de los ninos Ley de discapacidad


¿Quién es el actor?

Celeste Fabiola Chocobar

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de Farmacia
- Objeto de la demanda: Autorización de la prestación de acompañante terapéutico por 8 horas diarias.
- Decisión del tribunal: Se ordena a la obra social autorizar la prestación completa solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta arbitrario que la accionada haya autorizado la prestación en fecha 25/02/2026 es decir, con posterioridad a la interposición de la demanda (02/02/2026) y al dictado de la medida cautelar de autos (06/02/2026)..." "Las obras sociales deben garantizar el derecho a la salud de sus asociados a través de acciones positivas y no meramente con el reconocimiento del derecho..." "Cabe recordar que en reiterados precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha considerado que el amparo es inadmisible cuando no media ilegalidad o arbitrariedad manifiestas..."

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