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CRISTALDO, JULIO c/ OSOCNA Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986

El demandante Julio Cristaldo promovió acción de amparo contra OSOCNA y OSDE para restablecer su afiliación y prestaciones de salud. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación, confirmando la sentencia de primera instancia y eximiendo a OSDE del pago de tasa de justicia.

Amparo Salud Jubilacion Osde Osocna Tasa de justicia Continuidad de prestaciones Derechos de los jubilados Recursos de apelacion Exencion de tasas


¿Quién es el actor?

Julio Cristaldo
- Demandados: OSOCNA y OSDE
- Objeto de la demanda: Restablecimiento de afiliación y prestaciones de salud tras jubilación.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación, confirmando la sentencia de primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Juez de grado ha emitido una decisión fundada, brindando una exposición minuciosa de los argumentos que respaldan su fallo." "La exigencia de fundamentación de las decisiones jurisdiccionales, tiende a resguardar la garantía de la defensa en juicio y del debido proceso." "El art. 16 de la ley 19.032, no obliga a que se transfiera a la persona jubilada a PAMI, sin una expresa voluntad manifestada en ese sentido."

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