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E.N - EJERCITO ARGENTINO- c/ PRANE FRANCISCO Y OTROS s/VARIOS

El Estado Nacional – Ejército Argentino promovió acción de reivindicación sobre terrenos en Esquel, reclamando su restitución. El Juzgado Federal de Esquel hizo lugar a la demanda, ordenando la restitución del inmueble al Estado, al no acreditarse la posesión comunitaria por parte de la comunidad indígena.

Reivindicacion Comunidad indigena Derecho de dominio Posesion tradicional Estado nacional Ejercito argentino Inmueble Esquel Constitucion nacional Ley 23.302


¿Quién es el actor?

Estado Nacional – Ejército Argentino

¿A quién se demanda?

Comunidad Indígena “Emilio Prane” y otros
- Objeto de la demanda: Restitución de inmuebles denominados “Cuatro Chico” y “Cuatro Arriba”
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la acción de reivindicación

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción de reivindicación exige, como presupuesto esencial, la acreditación del derecho de dominio por parte del actor y la posesión o detentación sin título suficiente por parte de quien resiste la restitución del bien." "No se encuentra acreditada en forma suficiente la existencia de una posesión comunitaria tradicional, actual, pública y jurídicamente oponible respecto del inmueble reivindicado." "La presente decisión no implica desconocimiento del sistema de protección constitucional e internacional de los pueblos indígenas, sino la conclusión de que no se encuentran acreditados los presupuestos necesarios para oponer válidamente una posesión comunitaria tradicional."

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