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SANCHEZ RAMON NICASIO C/ IBARRA LUIS GUMERSINDO S/ DESPIDO

El actor promovió un incidente de caducidad de instancia en el marco de un despido. El Tribunal del Trabajo Nº3 de Quilmes decretó la caducidad de instancia por falta de actividad procesal y el transcurso del tiempo.

Caducidad de instancia Despido Falta de actividad procesal Ley 15.057 Tribunal del trabajo Intimaciones Costas Honorarios Provincia de buenos aires Causa n?18295

Actor: Ramón Nicasio Sánchez Demandado: Luis Gumersindo Ibarra Objeto: Caducidad de instancia en causa por despido Decisión: Se decreta la caducidad de instancia

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que con fecha 1/2/2022 se intimó a la parte actora a instar el procedimiento dentro del quinto día de notificada, sin perjuicio de las anteriores intimaciones obrantes en fechas 13/12/2010 y 14/1/2013." "Que el transcurso del tiempo, las intimaciones cursadas en autos, y la falta de actividad procesal hacen aplicable al caso el instituto de la caducidad de instancia establecido especialmente por el art. 11 de la ley 15.057." "Por todo lo anteriormente expuesto, considero que la declaración de caducidad de instancia es procedente en esta causa."

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