UNION DE TRABAJADORES HOTELEROS GASTRONOMICOS DE LA REP ARG C/ CAFE CATORCE SA S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL
El sindicato demandante promovió un incidente de caducidad de instancia por falta de actividad procesal. El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Quilmes decretó la caducidad de instancia, considerando el incumplimiento de la intimación a activar el procedimiento.
Actor: UNIÓN DE TRABAJADORES HOTELEROS GASTRONÓMICOS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Demandado: CAFÉ CATORCE S.A. Objeto: Cobro de aportes de cuota sindical Decisión: Se decreta la caducidad de instancia
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en fecha 30/10/2025 se intimó a la parte actora a activar el procedimiento, bajo apercibimiento de decretarse la perención, en los términos del art. 11 de la ley 15.057." "Que los plazos establecidos por el art. 11 de la ley 15.057, han transcurrido holgadamente en esta causa, con posterioridad a la última actuación útil de fecha 24/6/2019." "Que el transcurso del tiempo y el silencio guardado por la parte actora frente a la intimación a activar el procedimiento, hacen aplicable al caso, el instituto de la caducidad de instancia."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: