ZURITA MONTAÑO MIRTHA SILVIA C/ DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENO Y OTRO/A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Zurita Montaño promovió acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional por accidente de trabajo. El Tribunal de Trabajo N° 2 condenó a la demandada a pagar $10.658.808,82 por incapacidad laboral parcial y permanente, declarando inconstitucional el DNU N° 669/2019.
Actor: Mirtha Silvia Zurita Montaño Demandado: Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Indemnización por accidente de trabajo in itinere Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda, condenando a la demandada a pagar $10.658.808,82
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los presentes actuados ventilan la pretensión de la parte actora... corresponde tener por asumida y aún consentida para las partes la habilitación de competencia en torno a las previsiones del art. 2 ley 15.057 para el caso, sin más consideración." "Los planteos de inconstitucionalidad no pueden prosperar por los motivos que seguidamente expondré... no se observa que las normas impugnadas por el accionante carezcan de razonabilidad." "La Ley 24.557 dispone en su artículo 14 que respecto las prestaciones por Incapacidad... corresponde otorgar al actor la prestación que, por incapacidad parcial y permanente establece el art. 14 inc. 2 a) del mismo cuerpo legal."
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