ADORNO JAVIER ALBERTO C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - OTROS JUICIO
El Sr. Adorno promovió una demanda por el reconocimiento del derecho al cobro de licencias anuales no gozadas por razones de servicio. El Tribunal hizo lugar a la pretensión, reconociendo el derecho del actor a percibir el pago de 222 días de licencias no usufructuadas.
¿Quién es el actor?
Adorno Javier Alberto
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Reconocimiento del derecho al cobro de licencias anuales no gozadas.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, reconociendo el derecho del actor al cobro de 222 días de licencias no gozadas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las licencias anuales ordinarias deben cumplirse dentro del período anual que las genera, vencido éste, el agente perderá el derecho a gozarlas. Sin embargo, dicho precepto establece excepciones a este principio general, y ellas son aquellos casos en que la licencia haya sido suspendida por razones de servicio, enfermedad, duelo o accidente del agente." "En situaciones como la de autos en las que el derecho al goce se encontraba vigente, corresponde una compensación económica frente a la imposibilidad material de usufructuar los días no gozados." "La modificación de dicho esquema empieza a regir respecto de las licencias devengadas con posterioridad a su dictado, por lo que no resulta aplicable al caso de autos el Decreto 387/2023."
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