Incidente Nº 5 - NN: GAJARDO LUCERO, ROMINA ESTEFANIA s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)
Se solicitó el sobreseimiento de Romina Estefanía Gajardo por tenencia de estupefacientes en un establecimiento carcelario. El juez resolvió hacer lugar al pedido del Ministerio Público Fiscal, considerando que no se acreditó su participación en el hecho.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Romina Estefanía Gajardo
- Objeto de la demanda: Sobreseimiento por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
- Decisión del tribunal: Se hace lugar al sobreseimiento de la imputada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los elementos incorporados permiten alcanzar un grado de convicción suficiente para descartar razonablemente su intervención en el suceso, configurándose así un supuesto de certeza negativa en relación a la imputación formulada." "Se concluyó que correspondía aplicar lo dispuesto en el art. 269 inc. c) del CPPF y dictar el sobreseimiento de Romina Gajardo, en tanto los elementos probatorios reunidos permitieron descartar, con el grado de certeza requerido, su participación en el hecho investigado."
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