RUGGIRELLO CATALINA S/ SUCESION AB-INTESTATO
Las herederas acordaron la adjudicación y partición de bienes inmuebles de la causante. El Tribunal homologó el acuerdo, otorgándole fuerza de cosa juzgada y autorizando su inscripción.
Actor: MARIA EUGENIA LOPES DE OLIVEIRA; ROSARIO LOPES DE OLIVEIRA; ISABEL LOPES DE OLIVEIRA; JOSEFINA CATALINA LOPES DE OLIVEIRA Demandado: No hay demandado específico. Objeto: Homologación de un acuerdo de adjudicación y partición de bienes inmuebles. Decisión: Se homologó el acuerdo de adjudicación y partición de los bienes inmuebles.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que representando dicha transacción voluntad expresa de las partes (art. 2651 del Código Civil y Comercial) y en los términos del art. 1643 del mismo cuerpo legal, no apareciendo en forma manifiesta, vicios dirigidos a la voluntad del acto mismo celebrado por las partes, y en virtud de lo manifestado precedentemente: RESUELVO: Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo arribado por los herederos declarados en autos respecto de la adjudicación y partición de lo bienes mencionados que se acompaña en la presentación a despacho y cuya copia forma parte de la presente."
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