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L., T. c/ OBRA SOCIAL DE LA CAMARA DE EMPRESARIOS DE AGENCIAS DE REMISES DE ARGENTINA s/AMPARO DE SALUD

El padre de un niño con discapacidad promovió un amparo contra la Obra Social de la Cámara de Empresarios de Remises de Argentina para garantizar la cobertura de un acompañante terapéutico. El juez hizo lugar a la medida cautelar, ordenando la cobertura de diversas prestaciones de salud hasta que se dicte sentencia.

Amparo Salud Discapacidad Acompanante terapeutico Prestaciones de salud Cobertura Costas Obra social Nino Juez de primera instancia


¿Quién es el actor?

A.M.L. (en representación de su hijo T.L.)

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Cámara de Empresarios de Remises de Argentina (OSCEARA)
- Objeto de la demanda: Cobertura de prestaciones de salud, incluyendo acompañante terapéutico y sesiones de psicología, psicomotricidad, psicopedagogía y fonoaudiología.
- Decisión del tribunal: Se declaró abstracta la cuestión, pero se impusieron costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las decisiones en los juicios de amparo deben atender a la situación existente al momento de ser dictadas, por lo que atento a que las partes no controvierten que el objeto del litigio ha devenido abstracto, resulta inoficioso todo pronunciamiento sobre el planteo promovido en la demanda." "No es dudoso concluir en el caso, que ha sido la conducta omisiva de la demandada, quien tenía a su cargo adoptar todos los recaudos necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones a su cargo, como agente prestador del Seguro de Salud, la que generó la articulación de esta causa."

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