SANCHEZ ALBORNOZ GRACIELA RAMONA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
Se solicita la reevaluación de la capacidad jurídica de G.R.S.A. a la luz del Código Civil y Comercial. El Tribunal declara la restricción de su capacidad, estableciendo la necesidad de apoyo para la administración de sus bienes y derechos personales.
¿Quién es el actor?
No se menciona un demandante específico.
¿A quién se demanda?
G.R.S.A.
- Objeto de la demanda: Reevaluación de la capacidad jurídica de G.R.S.A.
- Decisión del tribunal: Se declara la restricción de la capacidad de G.R.S.A. y se designan apoyos para su administración.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De conformidad con lo normado por el art.37 del Código Civil y Comercial, analizaré la situación de la causante siguiendo el orden de sus incisos y comparándolos con los datos que surgen de las pericias e informes practicados en autos y precedentemente citados." "En base a las consideraciones transcriptas, a las conclusiones de los profesionales tratantes las cuales comparto y de las cuales no encuentro mérito para apartarme (art. 474 del CPCC), corresponde por el presente y atento las limitaciones del causante para manejarse en forma independiente en los distintos aspecto de su vida, declarar restringida su capacidad en los términos del art.38 del Código Civil y Comercial." "Para el ejercicio de sus derechos personales y personalísimos tales como contraer nupcias, divorciarse, testar y reconocer hijos, deberá requerir previa venia judicial, no pudiendo ejercer el derecho cívico de votar ni poder ser electo para cargos públicos."
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