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BIEI CARD SA C/ SALTO YBARRA ROCIO BELEN S/ COBRO EJECUTIVO

Se declara la caducidad de instancia por falta de impulso procesal en el plazo establecido. El Tribunal resuelve que no se regularán honorarios al letrado actuante por resultar inoficiosa su labor.

Caducidad de instancia Impulso procesal Art. 310 cpcc Honorarios Notificacion Resolucion Inoficiosidad Procedimiento civil Tribunal Ley 13.986

Actor: No se menciona. Demandado: No se menciona. Objeto: Se declara la caducidad de instancia por falta de impulso procesal. Decisión: Se decreta la caducidad de instancia y no se regularán honorarios al letrado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC, pese a encontrarse debidamente notificada mediante la providencia de fecha 6/4/2026." "Corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia." "No proceder a regular honorarios al letrado actuante, por resultar inoficiosa la labor desarrollada."

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