DE BATISTA JORGELINA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA
El Curador Oficial planteó la excepción de incompetencia en un proceso de determinación de capacidad jurídica. El Tribunal hizo lugar a la excepción, remitiendo el expediente al Juez de Familia de Necochea, conforme a principios de tutela efectiva y celeridad procesal.
Actor: Dr. Antoli (Curador Oficial) Demandado: No se menciona un demandado específico. Objeto: Excepción de incompetencia en un proceso de determinación de capacidad jurídica. Decisión: Se hace lugar a la excepción de incompetencia y se remite el expediente al Juez de Familia de Necochea.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El argumento de ello radica en la aplicación de los principios de tutela real efectiva como en la celeridad y economía procesal, los cuales... deben primar sobre todo en los casos donde existe una situación de vulnerabilidad." "Al determinar el juez competente en el proceso de insania teniendo en cuenta el domicilio real actual del causante, se cumple con el principio constitucional de la tutela judicial efectiva." "Por lo tanto, corresponde declararme incompetente para seguir actuando conforme los arts. 1, 2, 7, 8 y c. c. del CPCC."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: