Sentencia TFN INLEG-2019-106998151-APN-VOCXVIII#TFN
Para que proceda la acción de amparo ante demoras en trámites aduaneros se requiere que la demora sea excesiva, que cause un perjuicio al solicitante y que se haya solicitado oportunamente el pronto despacho ante la autoridad administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la demora en la resolución administrativa de una solicitud de devolución de tributos pagados en exceso en el marco de un procedimiento aduanero. La discusión giró en torno a si la demora en la tramitación por parte de la autoridad aduanera configuraba un supuesto de demora "excesiva" que justificara la procedencia del amparo, conforme a los requisitos del artículo 1160 del Código Aduanero. Se examinaron los antecedentes administrativos, el cumplimiento de la solicitud de pronto despacho y la existencia del perjuicio ocasionado por la dilación. La Sala analizó la naturaleza reglada del procedimiento, los plazos previstos y el impacto de la inactividad de la autoridad en el derecho del contribuyente, ponderando estos factores para determinar la procedencia del amparo y los efectos de la demora administrativa.
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