EX-2019-94798028-APN-SGASAD#TFN (BOEHRINGER INGELHEIM SA)
La demora excesiva en la tramitación administrativa constituye una cuestión fáctica que debe ser evaluada en función de los tiempos transcurridos y los movimientos procesales dentro del expediente, conforme al artículo 1160 del Código Aduanero.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto por presunta demora excesiva en la tramitación administrativa de una solicitud de devolución de tributos pagados por importación, presentada en virtud de una clasificación arancelaria y una exención tributaria aplicable a un producto farmacéutico. El recurso planteó la falta de resolución durante un período que superó los dos años desde la presentación inicial, cuestionándose la inactividad administrativa en el área encargada del trámite. El Tribunal examinó los tiempos transcurridos, la falta de avances procesales y la aplicación del artículo 1160 del Código Aduanero, que establece el recurso de amparo para casos de demora excesiva, evaluando si la dilación constituía un obstáculo al ejercicio del derecho a la repetición y la adecuada prestación del servicio aduanero.
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