MERCEDES BENZ ARGENTINA S.A. c/D.G.A. s/Recurso de apelación
La suspensión de plazos procesales dispuesta por la AFIP mediante resoluciones generales no implica la suspensión automática de los plazos en procedimientos en curso o por iniciarse ante el Tribunal Fiscal de la Nación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la interposición de un recurso de apelación contra una resolución aduanera en el contexto de los plazos procesales alterados por la declaratoria de feria extraordinaria por la pandemia de COVID-19. Se examinó la fecha de notificación de la resolución impugnada, la normativa de suspensión y prórroga de plazos procesales establecida tanto por la AFIP como por el Tribunal Fiscal de la Nación, y la aplicación de dichos límites para determinar el cómputo del plazo de quince días para presentar el recurso correspondiente. El Tribunal consideró la vigencia y ámbito de aplicación de la suspensión de plazos decretados por la administración tributaria, así como las diferencias respecto a la competencia y funcionamiento del propio Tribunal Fiscal.
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