MATADERO Y FRIGORIFICO FEDERAL S A s/incidente – beneficio de litigar sin gastos
El beneficio de litigar sin gastos se concede solo a quienes demuestran una situación de pobreza tal que les impida afrontar los gastos del proceso sin afectar su derecho a la defensa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la solicitud de beneficio de litigar sin gastos presentada por una empresa dedicada a la industria frigorífica, que argumentó estar en situación económica crítica al encontrarse en concurso preventivo para mantener la fuente laboral. Se examinaron las pruebas documentales aportadas, incluyendo resoluciones judiciales del proceso concursal y certificados emitidos por el juzgado competente, para evaluar la verosimilitud de la carencia de recursos económicos. Además, se debió ponderar la normativa aplicable, especialmente la Ley 25.964 y el artículo 78 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que reglamentan la concesión de esta modalidad en función de la imposibilidad de afrontar los gastos procesales sin afectar el acceso a la justicia. El Tribunal abordó la necesidad de un análisis particularizado de la situación económica alegada, distinguiendo entre dificultades financieras y pobreza efectiva, y consideró la contratación de representación legal como un indicador de capacidad económica para afrontar gastos procesales. Asimismo, se reflexionó sobre la finalidad restrictiva del beneficio, cuyo otorgamiento requiere pruebas concluyentes que justifiquen la eximición del pago de la tasa de actuación y otros gastos judiciales. Se evaluaron los precedentes jurisprudenciales y la interpretación del estado concursal a efectos de determinar si persiste la carencia de recursos, evitando así concesiones arbitrarias que podrían afectar la equidad y el orden procesal.
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