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El beneficio de litigar sin gastos requiere la demostración fehaciente de la imposibilidad de afrontar el pago de las erogaciones causídicas mediante pruebas idóneas y suficientes que permitan al juzgador formarse convicción sobre tal circunstancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La controversia gira en torno a la solicitud de concesión del beneficio de litigar sin gastos por parte de una empresa recurrente que fue intimada a pagar una tasa de actuación derivada de recursos de apelación en cuestiones tributarias. Se analizaron antecedentes fácticos acerca de la situación económica del solicitante, incluyendo pruebas informativas y periciales referidas a su patrimonio y capacidad financiera, así como aspectos normativos vinculados a la constitucionalidad de la normativa que regula dicha tasa y el acceso a la instancia jurisdiccional. El Tribunal examinó la validez del planteo de inconstitucionalidad formulado, la suficiencia y pertinencia de las pruebas presentadas para acreditar la imposibilidad de pago y la aplicación del estándar probatorio requerible para otorgar el beneficio, evaluando además la coherencia entre la declaración de pobreza y la contratación de patrocino letrado.
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