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Sentencia TFN INLEG-2021-86605086-APN-VOCXXI#TFN

El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero es procedente cuando se configura una demora excesiva por parte del servicio aduanero que cause perjuicio al interesado.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de amparo presentado contra la Dirección General de Aduanas por la demora excesiva en resolver un pedido de repetición de tributos pagados indebidamente por derechos de exportación. La controversia se centró en determinar si la paralización de más de tres años en el trámite administrativo para resolver la devolución constituía una demora excesiva que autorizara la intervención judicial. El Tribunal evaluó los plazos razonables para la percepción administrativa conforme al Código Aduanero y la jurisprudencia constitucional, atendiendo a la afectación del derecho de defensa en juicio y la garantía de una resolución dentro de un plazo razonable. Se consideró la documentación administrativa adjuntada, las presentaciones efectuadas y la doctrina vigente para definir los parámetros que configuran la demora excesiva y la procedencia del amparo para garantizar la tutela efectiva de los derechos del reclamante.

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