NIDERA S.A c/ DGA s/ recurso de apelación
La carga de la prueba respecto al cumplimiento de la reexportación en el régimen de importación temporaria recae sobre el importador quien debe demostrar fehacientemente mediante documentación aduanera pertinente el cumplimiento de sus obligaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso examina la legalidad de una resolución que impuso sanciones por presunta infracción al régimen de importación temporaria, centrando el análisis en la configuración de la infracción y la validez del procedimiento administrativo iniciado. Se discute si la importadora cumplió con la obligación de reexportar la mercadería dentro del plazo legal, presentando documentación como permisos de embarque y certificados de tipificación y clasificación (C.T.C.) que permitan validar dicha reexportación. Por otro lado, se analiza la posición de la autoridad aduanera sobre la insuficiencia documental aportada y la procedencia de la multa aplicable, junto con la determinación tributaria correspondiente. El Tribunal estudia especialmente los requisitos formales para la apertura válida de sumario administrativo, la carga de la prueba respecto al cumplimiento del régimen temporario, y la posible prescripción de la acción fiscal para imponer sanciones y percibir tributos. En suma, se abordan cuestiones de interpretación normativa relativas a la documentación esencial para demostrar la correcta cancelación de una destinación temporaria, la legalidad del acto iniciatorio del sumario y el cómputo de los plazos de prescripción en materia aduanera.
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