DINFE S.A. s/recurso de AMPARO
Para que proceda un recurso de amparo por demora administrativa deben concurrir simultáneamente: existencia de demora en la realización de un trámite por parte del organismo, que dicha demora sea excesiva, y que provoque un perjuicio o perturbación e
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó una acción de amparo impulsada contra la demora en la devolución de retenciones efectuadas conforme a una normativa específica del organismo recaudador. Se discutió si la demora en la acreditación de dichos reintegros configuraba una conducta administrativa excesiva y perjudicial para el administrado, considerando que el trámite implicaba diversas etapas de control y que existía un procedimiento administrativo en curso. En la revisión del caso, el Tribunal examinó los requisitos para la procedencia del recurso de amparo por demora, la obligación del organismo fiscal de resolver en tiempo prudencial, el concepto de perjuicio ligado a retrasos arbitrarios, y la imposibilidad de que el amparo imponga a la Administración resolver en un sentido determinado. El análisis se fundó en fundamentos jurisprudenciales y reglamentaciones vigentes, ponderando las pruebas documentales presentadas y el estado del trámite administrativo.
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