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Frassia, Ignacio Javier

La responsabilidad solidaria en materia tributaria responde a la violación de los deberes que la ley impone a quienes administran o disponen los bienes del sujeto pasivo, constituyéndose a título represivo.

Iva Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza la determinación de responsabilidad solidaria de un presidente de sociedad anónima por deuda tributaria vinculada al Impuesto al Valor Agregado correspondiente a un período fiscal específico. Se examina la evaluación de la Administración Federal de Ingresos Públicos sobre la participación y atribuciones del presidente respecto de la gestión y las obligaciones fiscales de la sociedad. Se discuten elementos probatorios como la titularidad de cuentas bancarias, el ejercicio de actos administrativos (como cambio de domicilio fiscal y adhesión a un plan de pagos) y la existencia de poderes otorgados a terceros para la administración. El Tribunal aborda la naturaleza jurídica de la responsabilidad solidaria en materia tributaria, su fundamento en el incumplimiento de deberes fiscales por parte de quienes administran o disponen de los bienes del sujeto pasivo, y la obligación de los responsables de acreditar la ausencia de culpa o dolo para eximirse. Se analiza la responsabilidad a título represivo y la distinción entre responsabilidad principal y responsabilidad de garantía, enfatizando la importancia del cumplimiento efectivo de los deberes tributarios en el contexto de los cargos societarios y los actos administrativos conducentes a dicho cumplimiento.

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