CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A. c/ DGA s/ recurso de apelación
En los regímenes de importación temporaria, la carga de la prueba respecto del cumplimiento de la obligación de reexportar la mercadería dentro del plazo establecido recae en el importador o su garante, quien debe demostrar fehacientemente mediante l
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso analiza la legalidad de una resolución administrativa que sancionó a una empresa importadora por incumplimiento en la cancelación parcial de una destinación temporaria de mercadería, lo que implicaría una infracción aduanera según el Código Aduanero. Se evaluaron los hechos relacionados con la importación temporaria, incluyendo el régimen aplicable, las obligaciones de reexportación o nacionalización y la presentación de documentación requerida, como los certificados de tipificación y clasificación (CTC). Además, se examinaron planteos sobre la validez del auto de instrucción de sumario, la prescripción de la acción fiscal, la notificación de actos administrativos y la aplicación de intereses ajustados por CER. El Tribunal analizó si se acreditó el cumplimiento de las obligaciones aduaneras, la adecuación formal del procedimiento administrativo, y la correcta suspensión o interrupción de los plazos de prescripción conforme a la normativa vigente y la jurisprudencia vigente en materia aduanera y procesal administrativa.
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