SCHLUMBERGER ARGENTINA S.A. c/ D.G.A. s/ recurso de apelación
La importación temporaria implica la obligación de reexportar o nacionalizar la mercadería dentro de los plazos previstos, y la nacionalización debe cumplirse conforme a los procedimientos legales y regulatorios vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa por supuesta infracción aduanera relacionada con la importación y nacionalización de mercadería inicialmente ingresada en régimen de importación temporaria. La controversia giró en torno a si la mercadería nacionalizada debía considerarse usada, lo cual configuraría una prohibición de importación a consumo según normativa vigente, y si la falta de verificación física por parte del servicio aduanero invalidaba dicha imputación. Se examinaron las pruebas y documentos administrativos relativos al estado de la mercadería, su tratamiento aduanero y la interpretación de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a importaciones temporarias y definitivas, incluyendo los requisitos para la nacionalización y el control aduanero posterior. El Tribunal evaluó cuestiones interpretativas sobre la valoración del estado de la mercadería al momento de la nacionalización, la carga de la prueba sobre su condición y la diligencia del servicio aduanero en la fiscalización y aplicación de sanciones, bajo los estándares normativos y jurisprudenciales relevantes.
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