BALBI, FABIAN ROBERTO s/ recurso de apelación
La condonación de multas y sanciones previstas en la ley de IVA que no se encuentren firmes al momento del acogimiento al régimen de regularización excepcional es procedente siempre que el contribuyente cumpla con los pagos previstos en dicho régimen
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra resoluciones administrativas que impusieron multas por incumplimiento en el pago del IVA correspondientes a diversos períodos fiscales. Se evaluaron los antecedentes relacionados con la regularización de las obligaciones fiscales mediante un plan de facilidades y la condición de la apelante como empresa MIPYME al momento del acogimiento. La cuestión jurídica principal giró en torno a la aplicación del régimen excepcional de condonación de multas previsto en la Ley 27.541 y sus modificaciones, y su reglamentación por la RG 4816, considerando las exclusiones previstas, el estado de firmeza de las sanciones y el cumplimiento de los pagos de capital e intereses, con el fin de determinar la procedencia de la condonación de las multas impuestas.
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