Paolini, Rodolfo Mario s/ recurso de apelación
La prescripción para aplicar multas fiscales es de cinco años, iniciándose el cómputo el 1º de enero siguiente al año en que ocurre la infracción, y puede suspenderse o interrumpirse en los casos expresamente previstos en la ley.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se discutió en el Tribunal Fiscal de la Nación la imposición de una multa por defraudación fiscal en el impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2001. Se analizaron aspectos procesales como la prescripción de la acción para aplicar sanciones, la nulidad del acto administrativo por supuesta falta de motivación y limitaciones al derecho a producir prueba, y la adecuación probatoria que confirma la existencia de la defraudación. El Tribunal examinó la aplicación de normas legales sobre suspensión e interrupción del plazo de prescripción en el contexto de denuncias penales tributarias y la vinculación entre hechos objetivos y presunciones legales para configurar la conducta defraudatoria.
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