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NEWSAN SOCIEDAD ANONIMA c/DGA s/recurso de apelación

La delegación impropia de facultades legislativas para fijar derechos de exportación está permitida en la materia aduanera conforme al artículo 755 del Código Aduanero y la legislación vigente.

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un reclamo de devolución por derechos de exportación abonados bajo un decreto del Poder Ejecutivo que estableció alícuotas específicas antes de su ratificación legislativa. Se discutió la constitucionalidad del decreto en cuanto a la delegación legislativa, considerando precedentes y la legislación aplicable. Se examinó la vigencia del decreto, sus fundamentos normativos, y la relación entre normas reglamentarias y leyes que posteriormente validaron o ratificaron disposiciones tributarias. El Tribunal evaluó criterios sobre la delegación impropia de facultades legislativas en materia aduanera, la presunción de legitimidad del reglamento y la relevancia de la convalidación legislativa posterior, ponderando estándares para declarar la validez o nulidad de actos normativos y sus efectos sobre derechos tributarios pagados. También se consideró el alcance del principio de legalidad y los límites de la actuación del Poder Ejecutivo en materia tributaria aduanera.

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