Sentencia TFN IF-2022-45858859-APN-VOCXVI#TFN
El recurso de amparo previsto en el artículo 1160 del Código Aduanero procede cuando se configura una demora excesiva en la tramitación administrativa que afecta el normal ejercicio de un derecho, habiéndose solicitado previamente el pronto despacho
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado por una firma ante la presunta demora excesiva de la Dirección General de Aduanas para resolver un procedimiento de repetición iniciado para la devolución de tributos pagados en el marco de una operación de exportación a consumo. Se discutió si se configuraba la demora excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, considerando los plazos transcurridos desde la solicitud inicial y la presentación del pedido de pronto despacho, así como los movimientos tramitatorios internos. Se examinaron los criterios legales para la procedencia del recurso de amparo por mora, los elementos que deben acreditarse para su admisión y el análisis del perjuicio ocasionado por la dilación en la resolución. Además, se valoraron las circunstancias particulares del caso, incluidas las dificultades derivadas de la pandemia y las actuaciones impulsorias internas posteriores, para decidir sobre la puesta en marcha de medidas para resolver definitivamente la solicitud de devolución en un plazo perentorio.
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