Sentencia TFN INLEG-2022-84309432-APN-VOCV#TFN
En el procedimiento administrativo tributario no existe garantía de independencia e imparcialidad idéntica a la jurisdiccional, dado que el órgano fiscalizador actúa en el marco de su función administrativa con competencia para investigar, determinar
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizaron recursos de apelación contra resoluciones dictadas en procedimientos administrativos de determinación de oficio del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a las Ganancias correspondientes al año fiscal 2016. Se cuestionaron aspectos procesales como la recusación del juez administrativo por posible falta de imparcialidad dada su vinculación funcional con el organismo fiscalizador, y la supuesta modificación de la determinación durante el trámite sin sustento en la vista otorgada al contribuyente. También se debatió sobre la procedencia de planteos de inconstitucionalidad respecto de la ley de procedimiento tributario y la vigencia de garantías constitucionales vinculadas a la independencia e imparcialidad del juzgador en el ámbito administrativo. Se examinaron además probanzas relacionadas con ajustes sobre ingresos no declarados, facturas manuales y electrónicas, y el correcto registro en libros fiscales. La Sala consideró el marco legal aplicable, incluyendo la interpretación de la normativa tributaria, la doctrina sobre la función administrativa versus jurisdiccional y criterios jurisprudenciales sobre la carga de la prueba y la presunción de legitimidad de los actos administrativos. Se ponderaron los derechos de defensa, el debido proceso y la competencia para analizar cuestiones de constitucionalidad.
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