CHUBB ARGENTINA DE SEGUROS S.A c/ DGA s/ recurso de apelación
La interrupción o suspensión del curso de la prescripción en materia tributaria aduanera requiere, además del dictado del acto administrativo correspondiente, la notificación válida al interesado para que surta efectos jurídicos plenos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó en este caso la legalidad de una resolución administrativa que impuso a la aseguradora responsable el pago de tributos y multas derivadas del incumplimiento de la obligación de reexportar mercadería ingresada bajo régimen de importación temporaria. La controversia se centra en la prescripción del cobro de los tributos adeudados, la validez y efectos de la notificación del auto de apertura de sumario, la configuración efectiva de la infracción aduanera relacionada con la no reexportación en plazo de las mercaderías y la responsabilidad de la aseguradora como garante del pago. Se examinaron la aplicación de los artículos del Código Aduanero vinculados a prescripción, multas, garantías y régimen de importación temporaria, la validez formal de los actos administrativos y la interpretación de normas específicas respecto a la exigibilidad de ciertos tributos y tasas.
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