Sentencia TFN IF-2022-45731025-APN-VOCXVI#TFN
Para que proceda el recurso de amparo por demora excesiva en sede aduanera, debe acreditarse la existencia de un perjuicio causado por la demora, que esta sea excesiva y que se haya solicitado previamente el pronto despacho ante la autoridad administ
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza la procedencia de un recurso de amparo por demora excesiva interpuesto contra la Dirección General de Aduanas, motivado en la falta de resolución definitiva en un trámite administrativo iniciado para la repetición y devolución de tributos pagados en operaciones de exportación. Se examina si se configuró una demora que exceda plazos razonables, tras haberse solicitado previamente el pronto despacho, como exige el artículo 1160 del Código Aduanero. El análisis del Tribunal se centra en la tramitación del procedimiento de repetición, la actividad administrativa desplegada, la existencia o no de inactividad prolongada y el perjuicio causado por la demora en la tutela efectiva de los derechos del administrado.
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