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AGRO EPSILON S.A. c/ D.G.A. s/recurso de apelación

La Ley 26.351 no puede aplicarse retroactivamente a operaciones de exportación cuya Declaración Jurada de Venta al Exterior fue registrada bajo el régimen de la Ley 21.453, pues ello afecta derechos adquiridos y vulnera el principio de irretroactivid

Competencia Costas Tributos aduaneros

¿Qué se resolvió en el fallo?

En la presente causa se analizó la reclamación de derechos de exportación adicionales sobre operaciones de venta de porotos de soja registradas en octubre de 2007, ante la aplicación de la Ley 26.351 y la Resolución ME 125/08, que introdujeron derechos móviles y un nuevo requisito vinculante a la acreditación de tenencia o adquisición previa a incrementos de las alícuotas. Se examinó la legitimidad de la aplicación retroactiva de estos nuevos tributos a ventas ya cerradas conforme a la Ley 21.453, incluyendo la discusión sobre la violación del principio de irretroactividad tributaria, derechos adquiridos, seguridad jurídica y garantías constitucionales relacionadas con la propiedad. El Tribunal analizó el alcance de la Ley 26.351 y su supuesto carácter aclaratorio versus su verdadero efecto innovador que modifica obligaciones tributarias en forma retrospectiva, además del marco legal internacional y nacional aplicable y la competencia legislativa delimitada por principios constitucionales y convencionales.

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