ARGENSUN SOCIEDAD ANONIMA c/DGA s/recurso de amparo
La demora excesiva en la tramitación administrativa configurada por el incumplimiento de plazos razonables previstos en la normativa aduanera justifica la procedencia del recurso de amparo para garantizar el derecho a una resolución en tiempo oportun
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó la demora excesiva en la tramitación de un procedimiento administrativo de repetición de pagos aduaneros realizados en el marco de una exportación. La controversia surgió tras una solicitud de devolución presentada en enero de 2020, que no había tenido respuesta definitiva tras más de dos años. Se discutió si la Dirección General de Aduanas había incumplido con los plazos legales y reglamentarios para resolver, considerando las normas aplicables del Código Aduanero, la reglamentación administrativa y la jurisprudencia sobre dilaciones en procedimientos tributarios. El Tribunal examinó los actos y etapas procesales desplegadas, evaluó la configuración de la demora excesiva prevista en el artículo 1160 del Código Aduanero, ponderó el perjuicio que tal demora ocasionaba al requirente y analizó la procedencia del recurso de amparo como garantía para asegurar el acceso efectivo a la administración y evitar indefensión.
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