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EX-2022-15552536-APN-SGASAD#TFN (XEITOSIÑO S.A.)

El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de las leyes tributarias o aduaneras y sus reglamentaciones, salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado la inconstitucionalidad correspondiente, en cuyo

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analiza un recurso de apelación contra la denegación de devolución de derechos de exportación abonados conforme al Decreto 793/2018. La controversia gira en torno a la legitimación para solicitar la devolución, cuestionamientos sobre la traslación del tributo al importador extranjero y la validez constitucional del decreto que establece el gravamen. El Tribunal examina la normativa aplicable del Código Aduanero, la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre delegación legislativa y reserva de ley tributaria, así como la interpretación de la inclusión o no de los derechos en el precio FOB declarado. Asimismo, se aborda la incidencia del control legislativo posterior (ley 27.467) sobre la norma cuestionada y la doctrina legal fijada por el propio Tribunal Fiscal respecto de su competencia para declarar inconstitucionalidad y aplicar decretos delegados, concluyendo en función de esos ejes jurídicos y doctrinales.

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