Sentencia TFN IF-2022-71021448-APN-VOCXIV#TFN
Para configurar la demora excesiva que habilita la procedencia del recurso de amparo en materia aduanera, debe acreditarse que transcurrió un tiempo excesivo en la tramitación administrativa que menoscabe derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo presentado contra la Dirección General de Aduanas por una demora en la resolución de una solicitud de repetición de pagos en exceso de derechos de exportación. La cuestión central fue determinar si la demora administrativa constituía una dilación excesiva conforme al artículo 1160 del Código Aduanero, considerando los tiempos transcurridos desde la presentación de las solicitudes y los pedidos de pronto despacho. Por un lado, se argumentó que la demora vulneraba derechos constitucionales como el debido proceso, la propiedad, la legalidad y la razonabilidad, generando perjuicios económicos al peticionante. Por otro lado, se sostuvo que los plazos legales del procedimiento no habían sido agotados y que la complejidad del caso requería consultas múltiples dentro de la administración para garantizar una resolución adecuada. El Tribunal enfrentó el desafío interpretativo de balancear la necesidad de una tramitación administrativa diligente con la complejidad intrínseca del análisis técnico-jurídico, evaluando medidas sobrevinientes y aplicando criterios jurisprudenciales de demora excesiva y tutela de derechos en vía de amparo.
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