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XEITOSIÑO S.A. c/ DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS s/ apelación

La legitimación para solicitar la devolución de derechos aduaneros corresponde al sujeto que pagó efectivamente dichos tributos según lo dispuesto en el Código Aduanero.

Competencia Nulidad Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra la resolución administrativa que denegó la devolución de derechos de exportación abonados bajo un decreto presidencial cuestionado por su fundamentación legal y constitucional. La controversia giró en torno a la legitimación para solicitar la repetición de tributos pagados, la posible traslación económica del gravamen al comprador extranjero, y la constitucionalidad del decreto que estableció los derechos de exportación en ausencia de una ley delegante clara y con límites precisos, conforme a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El Tribunal examinó la identidad del sujeto pasivo tributario según el Código Aduanero, la vigencia y validez normativa del decreto cuestionado, la aplicación de doctrina jurisprudencial vinculante, y la facultad del Tribunal para declarar la inconstitucionalidad en este ámbito, considerando además pronunciamientos plenarios recientes y antecedentes sustantivos en materia de potestad tributaria y delegación legislativa.

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