COMPAÑIA DE INVERSIONES EN ELECTRICIDAD S.A. s/ apelación
El gravamen del Impuesto sobre los Bienes Personales respecto de acciones y participaciones sociales cuya titularidad corresponda a personas o entidades domiciliadas en el exterior está sometido a las disposiciones del convenio para evitar la doble i
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza en este caso la determinación de oficio de la obligación tributaria correspondiente al Impuesto sobre los Bienes Personales en relación con acciones y participaciones societarias para los períodos fiscales 2011 y 2012. Se controvierten la aplicación del Convenio para Evitar la Doble Imposición celebrado entre Argentina y España, la consideración de la sociedad accionaria española como beneficiaria efectiva o sociedad holding sin actividad económica genuina, y la posible prescripción de la acción para aplicar multas e intereses. El Tribunal examina la interpretación y aplicación de las normas internas y convencionales, el principio de realidad económica, y los principios constitucionales del derecho tributario, incluyendo el principio de razonabilidad, el abuso de derecho y la irretroactividad de las normas punitivas, para dilucidar la procedencia de las obligaciones tributarias reclamadas y las sanciones imputadas.
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