AGRÍCOLA TARANTO S.A. s/ recurso de apelación
El artículo 954 inciso c) del Código Aduanero sanciona la declaración inexacta que provoca un ingreso o egreso distinto del importe que efectivamente correspondiera, refiriéndose al precio declarado y no al valor aduanero, que es una construcción jur
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa analizó la impugnación a una resolución administrativa que impuso una multa por presunta infracción aduanera relacionada con diferencias en los valores declarados en operaciones de exportación en consignación de uvas frescas. Se discutió si la empresa exportadora había declarado el valor real de la transacción, frente a la acusación de subdeclaración de precios para reducir el pago de tributos, considerando la aplicación del régimen especial de exportación en consignación y la veracidad de las manifestaciones aduaneras. El Tribunal examinó la interpretación del artículo 954 inciso c) del Código Aduanero, el concepto jurídico de valor frente a precio, la función del control aduanero para evitar maniobras fraudulentas que desnaturalicen las operaciones, y la pertinencia de utilizar indicios o presunciones para acreditar la inexactitud en la declaración. También se analizó el alcance de la autonomía de la voluntad privada en la elección de la modalidad contractual, frente a la potestad fiscalizadora del ente aduanero, y se puso en tensión la necesidad de un equilibrio entre la carga probatoria y la prevención de infracciones aduaneras.
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