EX-2022-14894003-APN-SGASAD#TFN (COMPAÑIA ERICSSON S.A.C.I.)
La notificación defectuosa no implica nulidad si el interesado ha tomado conocimiento efectivo de la resolución y ha ejercido su derecho de defensa, impidiéndose así la nulidad por la nulidad misma.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra una resolución administrativa que impuso una multa y cargos por diferencia de tributos a una empresa, fundamentados en presuntas infracciones aduaneras vinculadas a subfacturación en importaciones documentadas durante 2010-2015. Se discutió la validez de la notificación electrónica realizada en un domicilio no constituido específicamente para el sumario administrativo, la prescripción de la acción del fisco para imponer penas y cobrar tributos, y la interpretación de normas suspendiendo plazos procesales durante la pandemia COVID-19. El Tribunal examinó si el auto de apertura del sumario cumplía con los requisitos legales para suspender la prescripción y evaluó el impacto de la normativa legal y administrativa sobre los plazos de prescripción. También se consideraron principios constitucionales, criterios jurisprudenciales y la aplicación de normas emergentes en contexto de pandemia para determinar la procedencia de los planteos formulados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: