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Sentencia TFN INLEG-2023-60958571-APN-VOCXXI#TFN

El recurso de apelación contra resoluciones aduaneras debe interponerse dentro del plazo perentorio de quince días desde la notificación de la resolución, conforme al artículo 1133 del Código Aduanero.

Competencia Costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Se analizó un recurso de apelación interpuesto contra una resolución aduanera en el marco de un procedimiento fiscal-administrativo. El recurso inicial presentó una discrepancia entre la resolución denunciada y la acompañada, lo que motivó una corrección mediante una nueva presentación, fuera del plazo perentorio establecido para apelar. Se examinó la correcta aplicación del plazo de quince días desde la notificación de la resolución para interponer el recurso, conforme al artículo 1133 del Código Aduanero. El Tribunal evaluó la incidencia de la preclusión temporal en la admisibilidad del recurso, haciendo referencia a la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre la importancia de la observancia estricta de los plazos procesales para asegurar la seguridad jurídica y el orden en el procedimiento administrativo.

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