por la Administración Federal de Ingresos Públicos el 30/6/2021 con motivo de la solicitud de devolución presentada por la firma EXTRABERRIES S.A. en relación a la destinación de exportación N° 19073EC000205M. Con posterioridad se realizaron varios p
El artículo 1160 del Código Aduanero exige la existencia de una demora excesiva que cause perjuicio para que proceda el recurso de amparo contra la administración aduanera.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de amparo interpuesto contra la Dirección General de Aduanas (DGA) por demora excesiva en la resolución de un procedimiento de repetición para la devolución de tributos abonados por derechos de exportación. La presentada solicitud de devolución data de junio de 2021 y, pese a sucesivas diligencias administrativas solicitando pronto despacho, el expediente permanecía estancado por más de un año y siete meses al momento de interponer el recurso en febrero de 2023. Del análisis del procedimiento, el Tribunal examinó los plazos razonables previstos en el Código Aduanero para estos trámites y el impacto de la demora en los derechos de la parte interesada, valorando la jurisprudencia constitucional que concede derecho a un pronunciamiento en tiempo razonable y la regulación aduanera aplicable al amparo frente a demoras.
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