a fin de resolver en los autos EX-2022-18726716-APN-SGASAD#TFN caratulado SERVICIOS Y PRODUCTOS PARA BEBIDAS REFRESCANTES S.R.L
El Tribunal Fiscal de la Nación no puede declarar la inconstitucionalidad de normas tributarias o aduaneras salvo que la Corte Suprema de Justicia de la Nación haya declarado expresamente la inconstitucionalidad de las mismas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analizó un recurso de apelación contra la resolución de la Aduana que denegó la devolución de derechos de exportación abonados bajo un permiso de embarque, cuestionando la constitucionalidad del Decreto 793/2018 que estableció dichos derechos. Se discutieron la legitimación activa para reclamar la devolución, la naturaleza jurídica del decreto cuestionado, la validez de su aprobación legislativa posterior, la aplicabilidad de precedentes judiciales y el alcance del control judicial sobre actos administrativos en materia tributaria. El Tribunal examinó normas constitucionales, legales y aduaneras, así como jurisprudencia relevante, para determinar la procedencia del reclamo y el marco legal que regula los derechos de exportación y su eventual devolución.
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