EX-2022-66578142-APN-SGASAD#TFN (VOLKSWAGEN ARGENTINA SA)
El principio de inalterabilidad de la declaración aduanera no impide la repetición de pagos efectuados en exceso que generan un enriquecimiento sin causa a favor del Fisco.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Se analiza un recurso de apelación contra la denegación de una solicitud de devolución de importes abonados en exceso por derechos de importación extrazona. La controversia se centra en que el importador omitió consignar en la declaración aduanera un código de ventaja arancelaria que hubiera aplicado una alícuota reducida del 2% en lugar del 14% o 18% aplicado inicialmente. Se examinan las normas aduaneras pertinentes, el principio de inalterabilidad de la declaración, el impacto de la omisión en la liquidación de los tributos y la conformidad con acuerdos internacionales y normativas internas. También se discute la moneda en que corresponde efectuar la devolución y la tasa de interés aplicable hasta el pago efectivo.
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